Desde el Marco Ruggie hacia un Tratado Vinculante para las Empresas Transnacionales en materia de respeto a los Derechos Humanos

03.05.2018 14:12

Las Naciones Unidas adoptaron una serie “Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos” , conocidos como “Marco Ruggie”, que pretenden reconocer tres circunstancias particulares: a) Las actuales obligaciones de los Estados de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos y las libertades fundamentales; b) El papel de las empresas como órganos de la sociedad que desempeñan funciones especializadas y que deben cumplir todas las leyes aplicables y respetar los derechos humanos; c) La necesidad de que los derechos y obligaciones vayan acompañados de recursos adecuados y efectivos en caso de incumplimiento.

Un intento de adoptar el Marco Ruggie en el ámbito estatal son los Planes Nacionales de Derechos Humanos y Empresas. Estos Planes, aprobados en varios países europeos, representan soluciones carentes de realidad presupuestaria, en muchos casos, y continúan siendo propuestas sin carácter vinculante para las grandes empresas. Su aportación se encuentra en la línea de las buenas prácticas.

Por ello, posteriormente, mediante la resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos en junio del año 2014, se acordó reforzar los principios rectores mencionados anteriormente, creando un grupo de trabajo intergubernamental con el objetivo  de desarrollar un tratado  vinculante para las empresas transnacionales en materia de respeto a los derechos humanos. En octubre de 2017, se realizó la tercera sesión de este grupo de trabajo, y durante la cuarta sesión en 2018 se negociará sobre un Borrador Cero que será elaborado por Ecuador, el cual preside al Grupo de Trabajo Intergubernamental cuyo mandato consiste en la elaboración del Tratado Vinculante.

En esta tercera sesión se invitó a los Estados y otras partes interesadas a presentar sus propias propuestas y comentarios con fecha límite febrero de 2018 y se plasmó el compromiso de tener preparado un proyecto de tratado al menos cuatro meses antes de la cuarta sesión.

 

ENLACES:

Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos

omal.info/spip.php?article8446

www.elsaltodiario.com/multinacionales/tratado-multinacionales-onu-empresas-derechos-humanos